DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 11036
8 de noviembre de 2011
DJ-1229-2011
Señor
Adrián Vindas Chaves
Director a.i.
Centro de Investigación y Conservación del Patrimonio Cultural
MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD
Fax: 2010-7401
Estimado señor:
Asunto: Se rechaza gestión consultiva por no presentación por jerarca y falta de criterio
legal. Se consulta sobre manejo presupuestario que deben hacer las municipalidades
de los ingresos por concepto de alquileres en los mercados municipales.
Se refiere este Despacho a su oficio número CPC-2581-11de fecha 11 de octubre de 2011,
recibido en este órgano contralor con fecha 25 de octubre del año en curso, mediante el cual se
solicita pronunciamiento respecto del manejo presupuestario que deben hacer las municipalidades
de los ingresos que generan por el concepto de alquileres de los mercados municipales.
A. Criterio del Despacho
En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad
consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley Nº 7428
del 4 de setiembre de 1994) y la Circular Nº CO-529 publicada en el diario oficial La Gaceta Nº 107
del 5 de junio de 2000, las consultas que se dirijan al órgano contralor deben de cumplir los
requisitos establecidos en dicha normativa.
Al efecto, en los términos de los artículos 3 y 4 de la circular de referencia1, las consultas que
se dirijan a esta Contraloría General deben estar suscritas por el jerarca del ente u órgano respectivo,
1 Establece el artículo 3: “Toda consulta debe presentarse por escrito, debidamente firmada por el jerarca del
ente u órgano consultante, con una detallada explicación sobre los aspectos que ofrecen duda y que originan
la gestión. Deberá acompañarse del dictamen de la unidad especializada del órgano o ente consultante, en la
materia de que se ...
Fecha publicación: 06/11/2011
Fecha emisión: 03/11/2011
Institución: MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO